Prestación contributiva o subsidio por desempleo: ¿cuál es la mejor opción?

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¿Dudas sobre la prestación o el subsidio? En este artículo te enseñamos la mejor opción.

Por Jesús Salgado, economista

En tiempos de incertidumbre laboral, conocer las ayudas disponibles puede marcar la diferencia entre una transición llevadera o una situación económica complicada. Dentro del sistema de protección por desempleo en España, existen dos figuras clave: la prestación contributiva y el subsidio por desempleo. Aunque ambos mecanismos están diseñados para ofrecer apoyo económico a quienes han perdido su empleo, presentan diferencias sustanciales en cuanto a requisitos, duración, cuantía y perfiles de beneficiarios.

Si te encuentras en situación de desempleo, es fundamental entender cuál de estas dos ayudas se adapta mejor a tu caso particular. En este artículo desglosamos cada una de ellas para que tomes la mejor decisión informada.

¿Qué es la prestación contributiva por desempleo?

La prestación contributiva —conocida popularmente como “el paro”— es una ayuda económica gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), dirigida a personas que han perdido su empleo de forma involuntaria y han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social.

A diferencia del subsidio, la prestación contributiva tiene un carácter “contributivo”, es decir, se financia con las cotizaciones que el trabajador ha ido acumulando durante su vida laboral.

Requisitos para acceder a la prestación contributiva

  • Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
  • Estar legalmente en situación de desempleo (despido, finalización de contrato, ERE…).
  • Inscribirse como demandante de empleo y mantener dicha inscripción.
  • No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
  • Estar disponible activamente para buscar empleo y participar en acciones de inserción.

Duración y cuantía

La duración de la prestación varía en función del número de días cotizados, pudiendo oscilar entre 4 y 24 meses. A modo de referencia:

  • Con 360 días cotizados: 4 meses de prestación.
  • Con 720 días: 8 meses.
  • Con 1.080 días: 12 meses.
  • Y así sucesivamente hasta el máximo de 2 años para quienes hayan cotizado más de 2.160 días.

En cuanto a la cuantía, esta se calcula sobre la base reguladora, que corresponde a la media de las bases de cotización de los últimos 180 días trabajados. Se cobra:

  • El 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días.
  • El 60% a partir del día 181.

Existen topes máximos y mínimos establecidos anualmente en función del IPREM y de las cargas familiares del beneficiario.

¿Qué es el subsidio por desempleo?

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El subsidio por desempleo es una ayuda de carácter asistencial, también gestionada por el SEPE, destinada a quienes se encuentran en situación de desempleo y no tienen derecho a percibir la prestación contributiva, o bien ya la han agotado. A diferencia de esta última, el subsidio está concebido para personas con bajos recursos económicos o responsabilidades familiares, funcionando como un colchón básico de protección social.

Existen diferentes tipos de subsidios según el motivo por el que se acceda a ellos: insuficiencia de cotización, agotamiento de la prestación contributiva, subsidio para mayores de 45 o 52 años, entre otros.

Requisitos para acceder al subsidio por desempleo

Los requisitos varían ligeramente según el tipo de subsidio, pero en general, los más comunes son:

  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Inscribirse y permanecer inscrito como demandante de empleo.
  • No tener ingresos mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluidas las pagas extras.
  • En algunos casos, tener responsabilidades familiares (hijos menores de 26 años, cónyuge sin ingresos…).
  • Haber agotado la prestación contributiva o no haber cotizado lo suficiente para acceder a ella.

Duración del subsidio

La duración también varía según el tipo de subsidio:

  • Por agotamiento de prestación contributiva con cargas familiares: hasta 18 meses, prorrogables en tramos de 6 meses hasta un máximo de 30 meses.
  • Por insuficiencia de cotización:
    • Si se han cotizado entre 3 y 5 meses y se tienen responsabilidades familiares: duración proporcional al tiempo cotizado.
    • Si se han cotizado al menos 6 meses, la duración es de 6 meses sin necesidad de tener cargas familiares.
  • Subsidio para mayores de 52 años: se percibe hasta la edad de jubilación, con cotización a la Seguridad Social incluida.

Cuantía del subsidio

La cuantía del subsidio es fija e inferior a la prestación contributiva. Hasta ahora, se corresponde con el 80% del IPREM mensual vigente. No obstante, a partir del 1 de noviembre de 2024, se han anunciado nuevos importes:

  • 570 € mensuales durante los primeros 6 meses.
  • 540 € los siguientes 6 meses.
  • 480 € durante el resto del periodo.
  • El subsidio para mayores de 52 años se mantiene en 480 € mensuales.

Esta reforma busca mejorar el poder adquisitivo de los beneficiarios y hacer el subsidio más equitativo, especialmente en contextos de inflación.

Comparativa: ¿prestación contributiva o subsidio por desempleo?

A pesar de que ambos mecanismos tienen como objetivo apoyar económicamente a las personas en situación de desempleo, presentan notables diferencias que conviene analizar con detalle. A continuación, desglosamos las más importantes:

1. Naturaleza de la ayuda

  • Prestación contributiva: es un derecho generado por haber cotizado. El trabajador ha contribuido previamente al sistema y accede a una prestación proporcional a su esfuerzo contributivo.
  • Subsidio: es una ayuda asistencial. No depende de cuánto se haya cotizado, sino de la carencia de ingresos y, en ocasiones, de la existencia de responsabilidades familiares.

2. Requisitos

  • La prestación requiere al menos 360 días cotizados en los últimos 6 años.
  • El subsidio puede solicitarse con menos cotización, o tras agotar la prestación contributiva.

3. Duración

  • La prestación puede extenderse hasta 24 meses.
  • El subsidio tiene duraciones más limitadas, salvo el caso de los mayores de 52 años.

4. Cuantía

  • La prestación se calcula en función de la base reguladora del trabajador y puede superar los 1.000 € mensuales, según su situación.
  • El subsidio tiene una cuantía fija, menor (actualmente 480 € como base), aunque con la reforma de 2024 se introduce una progresividad inicial.

5. Compatibilidad y cotización

  • Durante el cobro de la prestación contributiva se sigue cotizando a la Seguridad Social.
  • En el subsidio solo cotizan a la jubilación los mayores de 52 años. Esto es clave para el cálculo de futuras pensiones.

6. Vinculación con formación y búsqueda de empleo

Ambas ayudas exigen mantener la inscripción como demandante de empleo y participar en acciones formativas o de reinserción laboral propuestas por el SEPE. Sin embargo, en el caso del subsidio, el seguimiento suele ser más riguroso debido a su carácter asistencial.

¿Qué opción conviene más según el perfil del solicitante?

  • Trabajadores con una carrera laboral sólida y reciente: si se han acumulado suficientes días de cotización, la prestación contributiva suele ser más ventajosa por su mayor cuantía y duración.
  • Personas con trayectorias laborales intermitentes o que acceden por primera vez al empleo: pueden no cumplir los requisitos de la prestación y depender del subsidio.
  • Mayores de 52 años sin empleo: el subsidio para este colectivo es especialmente relevante, ya que asegura ingresos constantes y cotización hasta la jubilación.
  • Trabajadores con cargas familiares: pueden acceder a subsidios más largos o tener prioridad en algunos tipos de ayuda.

Nuevas reformas en los subsidios: un cambio de paradigma

El sistema de protección por desempleo en España ha sido objeto de reformas recientes que buscan mejorar su eficiencia, simplificar los trámites y adecuar las cuantías a las necesidades reales de los beneficiarios. La modificación más significativa entrará en vigor el 1 de noviembre de 2024, y afecta principalmente al subsidio por desempleo.

¿Qué cambia?

  1. Nueva estructura de cuantías:
    Se introduce un sistema progresivo:
    • 570 € durante los primeros seis meses.
    • 540 € durante los siguientes seis.
    • 480 € a partir del año.
  2. Reordenación de subsidios:
    Desaparecen algunas modalidades (como el subsidio extraordinario) para concentrarse en ayudas más claras y mejor organizadas.
  3. Enfoque más formativo:
    Se potencia el acompañamiento a través de planes personalizados de inserción y se vincula el acceso a formación como requisito esencial.
  4. Simplificación de requisitos:
    Se busca reducir la burocracia en la acreditación de rentas y cargas familiares, con más interoperabilidad entre administraciones.

Estas reformas, alineadas con las recomendaciones europeas, pretenden evitar duplicidades, garantizar un ingreso digno y fortalecer los mecanismos de reintegración al mercado laboral.

Guía práctica para elegir entre prestación contributiva y subsidio

En la práctica, muchas personas dudan sobre cuál ayuda solicitar, especialmente cuando podrían cumplir con los requisitos de ambas. Aquí van algunos consejos clave para tomar la mejor decisión:

1. Evalúa tu historial de cotización
Si has trabajado de forma continuada y has cotizado más de 360 días en los últimos seis años, la prestación contributiva es, sin duda, tu mejor opción. Su cuantía es más alta y cotiza a efectos de jubilación.

2. Comprueba tus ingresos y cargas familiares
Si no cumples los requisitos de la prestación o ya la has agotado, y además cuentas con responsabilidades familiares o ingresos bajos, el subsidio puede darte una cobertura básica mientras buscas una nueva oportunidad laboral.

3. Ten en cuenta tu edad
Si tienes 52 años o más y cumples los requisitos, el subsidio para mayores de 52 años es una opción estable y estratégica, ya que te asegura una cotización constante hasta la jubilación.

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4. Consulta con el SEPE antes de tomar una decisión
La legislación puede cambiar, y cada caso tiene particularidades. Pide cita previa en tu oficina del SEPE o utiliza su sede electrónica para acceder a simuladores y guías actualizadas.

¿Qué más debes tener en cuenta antes de solicitar una ayuda por desempleo?

Antes de tomar una decisión definitiva, es crucial que consideres algunos aspectos prácticos que pueden influir en la elección entre una y otra opción:

  • Plazos de solicitud: dispones de 15 días hábiles desde el momento del cese en el trabajo o desde que finaliza una prestación para solicitar el subsidio. Pasado ese plazo, podrías perder el derecho o ver reducida la duración de la ayuda.
  • Documentación necesaria: ten preparados el DNI/NIE, el certificado de empresa, el documento bancario con tu número de cuenta y cualquier documento que acredite cargas familiares o rentas.
  • Riesgo de sanciones: el incumplimiento de los compromisos adquiridos con el SEPE, como no acudir a citas o rechazar ofertas de empleo o formación, puede conllevar sanciones que van desde la suspensión temporal hasta la pérdida definitiva del derecho a la ayuda.

¿Cuál es la mejor opción en mi caso?

La respuesta no es única. Depende de tu edad, de cuánto has trabajado, de tus ingresos actuales, de si tienes personas a tu cargo y de tu situación personal y familiar. Por eso, más allá de las definiciones técnicas, es recomendable evaluar todas las variables y contar, si es posible, con el asesoramiento de un profesional.

Ambas ayudas forman parte del sistema de protección social y existen para ayudarte. Lo importante es que actúes con conocimiento, a tiempo y de forma proactiva. Un error en la solicitud o el desconocimiento de ciertos derechos puede dejarte sin protección durante meses.

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