La actividad de una empresa de recobro puede ser muy estresante para el deudor, independientemente de que la deuda sea verdadera o no. Ahora bien, existen numerosas opciones para dar solución a esta problemática y que no te molesten. ¿Quieres saber más? Sigue leyendo…
¿Qué hacer con el acoso telefónico de los bancos?
Lo primero que has de tener presente es que el acoso telefónico es un delito penal (artículo 172), lo haga quien lo haga. Y, lo que es más, esta calificación es independiente del hecho de que debas o no dinero. Por lo tanto, puedes tomar estas medidas para evitar el estrés derivado de estas acciones:


Contar las veces que te llaman
Esto es clave, porque para que una situación se tipifique como acoso, tiene que darse alguna de estas circunstancias. La primera, que exista reiteración. Por otro lado, y no menos relevante, que no exista autorización para actuar así. Y, por supuesto, no deberías contestar en ningún caso para evitar que la situación se reproduzca.
Hay que aclarar que una sola llamada de una empresa de recobro no sería motivo de acoso. Esto te obliga, pues, a tener en cuenta cómo funciona el delito para interponer denuncia en el momento adecuado.
Emprender acciones legales
La propia legislación indica que este delito solo puede ser perseguido a petición de parte. Por lo tanto, y para detener la dinámica, lo que te recomendamos es que interpongas denuncia ante la Policía. Para ello, deberás conservar el registro de llamadas, WhatsApps o mensajes SMS que acrediten la situación de acoso.
Tienes, también, la opción de presentar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Aunque las consecuencias no son necesariamente penales, sí habrá sanciones cuantiosas.
Solicitar que te incluyan en la Lista Robinson
Una forma de cortar el problema de raíz, para esta y otras situaciones, es darte de alta en la Lista Robinson. Este servicio, que es gratuito, servirá para que no te vuelvan a molestar para campañas comerciales y, también, permite que revoques el consentimiento que hayas dado en el pasado. Si después de esto te siguen llamando, habrá una clara infracción de la ley.
Lo único que has de considerar es que hay un periodo de gracia entre que te des de alta en la lista y esta información llegue a las empresas. En cualquier caso, si pasa de 2 meses, puedes emprender acciones legales.
¿Cómo denunciar llamadas de cobros?
Las denuncias a empresas de recobros tienen que estar motivadas y venir a petición de parte. Existen algunos elementos que te ayudarán a cargarte de razones:
- La insistencia. Este comportamiento entra dentro de lo que el artículo 172 del CP considera acoso. Si te llaman todos los días y a todas horas, estaríamos ante esta situación, si concurre alguna de las otras circunstancias.
- Las coacciones. Si te amenazan con denuncias penales, con ir a la cárcel o con embargos, estarían entrando en ese ámbito. También, sin base, decir que vas a tener más deudas. Y esta situación es claramente denunciable.
- El uso indebido de datos personales. Si tú no has dado tu autorización expresa, las empresas de recobro no pueden utilizar tu teléfono ni información sensible.
Por desgracia, en España existe un vacío legal. Por lo tanto, la insistencia, siempre que sea dentro del horario comercial (de lunes a viernes y de 10 a 15 horas, y de 16 a 21 horas), no sería, per se, un delito. Sí que lo sería el que te amenazasen con situaciones que no se van a dar. En consecuencia, es crucial que conozcas dónde está la línea, que muchas veces es muy fina.
Cuando se den estas situaciones, te recomendamos que grabes las llamadas y guardes los registros. También es conveniente que no reacciones, para no dar pie a denuncias alternativas. Con estos datos, podrás dirigirte a la comisaría más próxima de la Policía e interponer la correspondiente denuncia.
Empresas de recobros: lista
Esta es la lista de las principales empresas de recobros en España. Ojo, conviene recordar que no todas tienen necesariamente una praxis incorrecta. No en vano, hay que tener en cuenta que muchos acreedores optan por este modelo. Sea como fuere, enumerarlas es útil:
- El Cobrador del Frac
- Intrum Justitia
- Gescobro
- Gelisco
- Cobralia
- Angeco
- Recobrarte
- Coface
¿Es eficaz la lista Robinson para evitar llamadas de recobros?
La Lista Robinson, en principio, tendría que servir para que no te llamase una empresa de recobro si estás apuntado. Ahora bien, ten presente que puede pasar un periodo de tiempo entre el alta efectiva y que llegue la notificación. Por lo general, se considera que 2 meses es un periodo razonable.
Lo bueno de esta lista es que, no solo sirve solo para las empresas de recobros. De hecho, te permitirá estar 100 % libre de llamadas comerciales. Y qué duda cabe que esto te dará paz y tranquilidad. Es una buena opción si quieres evitar llamadas intempestivas en general.
¿Qué hacer en el caso de que, pese a estar en la lista, sigas recibiendo llamadas? Entonces, puedes realizar una denuncia penal o, también, dirigirte a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Son dos procedimientos distintos, pero en cualquier caso se dirigirían a la empresa y comprobarían si, efectivamente, hay una situación de acoso.
Lo que podemos decir es que, por regla general, estar en la Lista Robinson sí es útil para evitar las llamadas de una empresa de recobro. Si quieren reclamar, tendrían que hacerlo por vía judicial.
¿Qué tiene que pasar para que haya un embargo si debo un préstamo?
Una de las amenazas recurrentes de algunas empresas de recobros es que te van a aplicar un embargo. Bien, la realidad es que no es tan fácil, porque se tienen que dar una serie de pasos:
Se tiene que iniciar una acción judicial en el ámbito civil para que se reclame el dinero. Y esto, obviamente, tiene un coste. Aunque la legislación española no establece un mínimo de deuda para embargar, lo cierto es que, para pequeñas deudas, las empresas raramente lo hacen. Precisamente por eso optan, antes de nada, por contratar empresas de recobros.
La acción judicial tiene que ser favorable al acreedor. Y no siempre es así: por ejemplo, en los préstamos, si se demuestra que los intereses son excesivos, la deuda puede declararse nula. Por lo tanto, y solo ante una sentencia firme, se podría decretar el embargo si no pudieras pagar.
La realidad es que la agencia de recobros es una acción intermedia, porque si una empresa tiene la certeza de que va a cobrar una deuda, y que esta es de una cierta entidad, emprendería acciones judiciales.
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¿Es verdad que me protege el código penal ante un acoso reclamando una deuda?
Sí, sin duda alguna. El Código Penal (CP) protege a las personas ante una situación de acoso, siempre que este se demuestre. El artículo 172 impide situaciones recurrentes en las que medie la coacción: es decir, si hay amenazas infundadas o fundadas.
¿Cuál es el quid de la cuestión? Que se tendrá que demostrar que existe acoso por la insistencia y, además, o que existan amenazas y coacciones, o bien que se haga un uso indebido de los datos personales.
Por ejemplo, si estuvieses en la Lista Robinson y te llamasen con insistencia, estarías ante este supuesto. Aquí hay un acoso claro y podrías reclamar. Otra posibilidad es la de que te amenacen con embargo, con ir a prisión o con perturbar a tus familiares. Y, además, si esta situación se extiende a tu centro de trabajo, sería claramente denunciable.
En consecuencia, el CP sí que reconoce una cobertura legal para reclamar penalmente. Pero eso sí, siempre que puedas demostrar el hecho delictivo correctamente.
¿Es una solución grabar las conversaciones y denunciar por acoso telefónico reiterado a las empresas de recobro?
La grabación de las conversaciones, en el caso de acoso telefónico, es legal siempre que haya un interés legítimo. Y es una acción recomendable para tener pruebas cuando interpongas la denuncia. Al fin y al cabo, y aunque el registro de llamadas sirve, las grabaciones son pruebas más contundentes.
La operativa ideal, para que la denuncia prospere, es que grabes varias llamadas en las que se reproduzca la situación de acoso, ya sea por uso ilegítimo de datos o por coacciones y amenazas. De esta manera, será mucho más fácil que tengas éxito en las acciones que inicies. Lo que sí has de tener claro es que lo que grabes tiene que estar directamente relacionado con el acoso, y deberías comprobar que tú tienes una actitud que no te compromete.
En el caso de que tengas dudas, pedir asesoramiento legal es una opción interesante. Hoy hay numerosos profesionales que te pueden ayudar en el proceso. Y, en caso de que ganases, lo más probable es que no te vuelvan a molestar y que te tengan que indemnizar.
El trabajo de una empresa de recobro es legal, pero los métodos que se utilizan, en ocasiones, son claramente abusivos. Y existen posibilidades de evitar que seas víctima del acoso telefónico. ¿Necesitas, además, algún préstamo y estás en un fichero de morosos? En Portalcreditos te ayudamos a encontrar todo tipo de préstamos personales, incluso en ASNEF.
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