Las deducciones del alquiler en la Declaración de la Renta son una opción para ahorrar impuestos. Y estas se aplican, bien a nivel estatal, bien a nivel autonómico. ¡Conoce mejor todas las opciones disponibles!
Las distintas deducciones del alquiler a aplicar en la Declaración de la Renta
El número de personas que viven de alquiler ha aumentado en los últimos años, hasta situarse en el 24,9 % del total. La situación económica, los nuevos modelos de familia y la movilidad laboral favorecen esta realidad. Además, y no es menos importante, no hay que pedir tanto dinero de préstamo ni comprometerse.
La posibilidad de aplicar deducciones del alquiler en la Declaración de la Renta a nivel estatal solo se da en inmuebles arrendados antes del 1 de enero de 2015. En la práctica, esto se aplicará a quien tenga un contrato indefinido de larga duración y se puede deducir el 10,05 % de la cantidad abonada en ese concepto, cuando la base imponible sea de menos de 24.107,20 euros.
Sin embargo, numerosas Comunidades Autónomas aplican deducciones de alquiler, y no son incompatibles con la estatal. A veces, enfocadas a determinados colectivos y, en otras ocasiones, son ayudas generales. ¡Conócelas con detalle!
Andalucía
Andalucía aplica deducciones en el alquiler de vivienda para jóvenes. Eso sí, con tres condiciones: en primer lugar, el o los arrendadores han de tener menos de 35 años; el segundo aspecto es que se puede deducir un máximo del 15 % del alquiler; finalmente, que la cantidad total a deducir no exceda de los 500 euros anuales. En ese caso, sí que puedes acceder a la deducción. Recuerda, además, que tu base general y de ahorro no puede ser de más de 19.000 euros (24.000 euros en tributación conjunta).
Aragón
El caso de Aragón es más diverso, en el sentido de que no se fija la limitación por edad. Aquí los arrendamientos vinculados a operaciones de dación en pago te permiten ahorrar un 10 %, con un máximo de 4.800 euros anuales, con declaraciones de hasta 15.000 euros individuales y 25.000 euros conjuntas.
Por otra parte, el arrendador puede deducirse el 30 % del IRPF autonómico cuando ponga una vivienda social a disposición de otro inquilino.
Principado de Asturias
Las posibilidades de deducción por alquiler son varias y se toman como referencia dos criterios: el lugar de residencia y el nivel de ingresos, básicamente. En cualquier caso, para beneficiarse de estas deducciones, has de tener una base máxima de 25.009 euros individuales (35.240 en conjunta). Estas son las opciones existentes:
- Hay una deducción general del 10 % del valor del alquiler. No obstante, hay que señalar que la cantidad máxima que puedes deducir es de 455 euros anuales.
- La deducción general asciende al 15 % si tienes la residencia en núcleos rurales (concejos de menos de 3.000 habitantes). Eso sí, el máximo que podrás deducir es de 606 euros.
- Las zonas con riesgo de despoblación tienen un trato fiscal aun más favorable. En este caso, la deducción es del 20 %, con una cantidad máxima de 700 euros.
Islas Baleares
Las deducciones por alquiler en las Islas Baleares se enfocan de dos maneras. En primer lugar, para determinados colectivos; en segundo lugar, para favorecer la movilidad entre las distintas islas de la Comunidad.
En el supuesto de las deducciones por colectivos, se dan en tres casos. El primero, para las personas de menos de 36 años. La segunda opción es para personas con discapacidad física superior al 65 % o psíquica superior al 33 %. En tercer lugar, también se aplicará a las familias numerosas. Se aplica un 15 % de la deducción sobre el total, de un máximo anual de 400 euros. Las bases generales imponibles individuales no pueden ser de más de 20.000 euros (34.000 euros conjunta).
La segunda posibilidad es para la movilidad entre islas de forma temporal. Esto es habitual en el sector servicios, pero también en la Administración. En este supuesto, la deducción es similar (15 % hasta 400 euros anuales), pero es posible que tengas una base imponible mayor, 30.000 euros (48.000 euros conjunta).
Islas Canarias
Las Islas Canarias reconocen dos posibilidades de deducciones del alquiler en la Declaración de la Renta con criterios distintos.
La primera de ellas, una deducción del 20 % con un máximo de 600 euros anuales, siempre que el gasto en alquiler suponga más de un 10 % del total de los ingresos y que la base imponible sea inferior a 20.000 euros (o 30.000 en tributación conjunta). Esta es la posibilidad que, por defecto, pueden utilizar las familias con menos ingresos.
Otra opción se da en operaciones de dación en pago, con una deducción del 25 % con un máximo de 1.200 euros anuales, con una base imponible máxima de 24.000 euros (34.000 en tributación conjunta).
Cantabria
Las deducciones por alquiler en Cantabria están enfocadas a distintos colectivos; eso sí, siempre serán de un máximo de un 10 %, con un máximo de 300 euros anuales (600 para tributación conjunta), con una base imponible máxima de 22.946 euros (31.485 con tributación conjunta). En primer lugar, para las personas de menos de 35 años. La segunda opción es la de mayores de 65 años. Y, finalmente, servirá para las personas con una discapacidad superior al 65 %.
Castilla-La Mancha
La Comunidad de Castilla-La Mancha contempla numerosas deducciones por alquiler de vivienda habitual. Y, a diferencia de otros territorios, las cantidades de las que te puedes beneficiar variarán según el caso:
- Los menores de 36 años tienen derecho a una deducción general del 15 % por arrendamiento de vivienda habitual. El máximo que se podrá deducir cada año es de 450 euros; además, piensa que la base imponible no puede ser superior a 12.500 euros y 25.000 en tributación conjunta. Esta cantidad deducible aumenta al 20 % con un máximo de 612 euros anuales en zonas rurales.
- Las familias numerosas y monoparentales tienen derecho a una deducción del 15 % con un máximo de 450 euros anuales. Es necesario tener una base imponible máxima de 12.500 euros, 25.000 si es conjunta.
- Las personas con diversidad funcional, con una discapacidad superior al 65 %, tienen derecho a deducciones. Por ejemplo, pueden disponer de una deducción del 15 % con un máximo de 450 euros anuales. Y las bases imponibles máximas a aplicar han de ser de 12.500 euros, 25.000 cuando son conjuntas.
- Finalmente, hay que hacer referencia al caso de las daciones en pago. Cuando esto suceda, el baremo es del 15 % con un máximo de 450 euros anuales. Y la base imponible máxima, también, ha de ser de 12.500 euros o 25.000 en tributación conjunta.
Castilla y León
Las deducciones de alquiler en Castilla y León están centradas en los jóvenes de menos de 36 años. Aquí se puede descontar el 20 % con un máximo de 459 euros anuales, pero puede aumentar al 25 % para las personas que vivan en zonas rurales (menos de 10.000 habitantes o de menos de 3.000 a más de 30 kilómetros de capitales). La base imponible máxima tiene que ser de 18.900 euros individual o 31.500 euros si es conjunta.
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Cataluña
Las deducciones de alquiler en la Declaración de la Renta en Cataluña están circunscritas a determinados colectivos. La cantidad a deducir será del 10 % anual, con un máximo de 300 euros anuales (600 en familias numerosas).
En primer lugar, has de saber que pueden acceder a esta deducción las personas de menos de 32 años. La segunda posibilidad es que estés en situación de desempleo durante más de 183 días. Por otra parte, también se beneficiarán las personas con más de 65 años y que sean viudas. También entran en este supuesto las personas con una discapacidad de más del 65 %.
En todos los casos que hemos indicado, es necesario que la base imponible sea inferior a 20.000 euros y que el coste de pagar el alquiler sea superior al 10 % de la renta disponible.
Extremadura
Las deducciones en Extremadura están centradas en colectivos determinados: jóvenes (hasta 36 años), familias numerosas, zonas rurales y personas con discapacidad hasta el 65 %. Hay una deducción del 5 % anual con un máximo de 300 euros; sin embargo, en zonas rurales, la deducción es del 10 % con un máximo de 400 euros.
Galicia
La Comunidad aplica unas deducciones a personas de menos de 36 años del 10 % con un máximo de 300 euros anuales, o del 20 % con un máximo de 600 euros anuales, si tienen dos o más hijos y duplicándose con personas discapacitadas. Eso sí, la cantidad máxima de la base imponible para que te puedas beneficiar es de 22.000 euros.
Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid aplica deducciones para menores de 35 años (y, en algunos casos, para personas de 35 a 40). Esta deducción es del 30 %, con un máximo de 1.000 euros si implica un mínimo del 20 % de los rendimientos. Las personas con de 35 a 40 años desempleadas o con cargas familiares, también se pueden beneficiar. Los límites de la base imponible son de 25.620 euros (36.200 conjunta) o de 60.000 euros de ingresos familiares.
Comunidad Foral de Navarra
Navarra es una de las pocas Comunidades que aplica deducciones con carácter general. Concretamente, del 15 % por un máximo de 1.200 euros anuales. Eso sí, la base imponible máxima ha de ser de 30.000 euros (60.000 conjuntos) y ha de suponer un gasto mínimo del 10 %.
La Rioja
El territorio de La Rioja ofrece deducciones para las personas de menos de 36 años. Este descuento que se aplicará variará según el municipio: si vives en una ciudad, es de un máximo del 10 % y de 300 euros anuales, mientras que en zonas rurales es del 20 % y de 400 euros anuales. No obstante, recuerda que la base máxima ha de ser de 18.030 euros o de 30.050 si es conjunta.
País Vasco
El País Vasco aplica políticas de deducción teniendo en cuenta a colectivos y al público en general. En primer lugar, a los menores de 30 años; el segundo colectivo es el de familias numerosas y, finalmente, con carácter general. En el primer caso, la deducción es del 30 % ( máximo de 2.400 euros), en el segundo del 25 % (2.000 euros) y, en el tercero, del 20 % (1.600 euros).
Comunidad Valenciana
La Comunidad Valenciana facilita la deducción con carácter general del 20 % con un máximo de 700 euros anuales. Hay que señalar, no obstante, que también se aplican a colectivos y por trabajo en otro municipio. De todas formas, los límites de bases imponibles serán de 25.000 euros (40.000 euros conjuntos). Estos son los principales casos, que son compatibles con el primero:
- Una discapacidad con grado superior al 65 % física y 35 % psíquica, tener menos de 36 años o víctima de violencia de género. La deducción será del 25 % con un máximo anual de 850 euros.
- Trabajar en un municipio distinto del de residencia. Aquí la reducción a aplicar es del 10 % y con un máximo de 204 euros anuales.
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